OCTUBRE, VEDA DE LA MACHA Y VEDA DEL CHANQUE
De acuerdo al R.M. N° 099-99-PE no se puede extraer, transportar, comercializar, ni consumir Macha por encontrarse en Veda y el Chanque por el R.M. N° 772-2008-PRODUCE. Ambos mariscos se encuentran en veda.
El Periodo de Veda en el litoral peruano se desarrolla en dos periodos; el primer periodo del 1 de Abril al 30 de Junio y el segundo periodo del 1 de Octubre al 31 de Diciembre. Periodos ha realizarse todos los años quedando prohibido la extracción, procesamiento, el transporte y la comercialización de ambos productos.
La recuperación de los recursos Bentónicos en nuestro litoral es una tarea realizado por el Gobierno regional de Tacna y Piura. El incumplimiento de estos periodos de Veda, el consumo, la extracción ilegal, etc., esta penado.
"que es la pena de cárcel no menor de 02 años ni mayor de 05 años según el Código Penal Art. 309"